MARCO LEGAL
Esta Norma aplica a todos los centros de trabajo del país y los empleados que ahí laboran..
Las compañías, sin importar que estén constituidas apenas por un trabajador, se rigen por esta nueva norma. La NOM-035 específica que es aplicable para todos los centros de trabajo de todo el territorio mexicano. Por ejemplo, si tu empresa cuenta con 2, 10 o 20 centros de trabajo, estos tienen que ser evaluados, analizados y contar con programas de prevención de forma individual.
La NOM-035, no obstante, establece obligaciones diferentes según el tamaño de la compañía.
- Se dividen de la siguiente forma:
- -Centros de trabajo de hasta 15 trabajadores.
- -Entre 16 y 50 trabajadores.
- -Más de 50 trabajadores.
¿De dónde surge esta norma?
En 2016 nuevamente la OIT, dio a conocer información sobre los Factores de Riesgo Psicosociales y afirmó que era un problema global que afecta a todas la profesiones y a todos los trabajadores.
Es así que en el 2016 la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, a través del Programa Nacional de Bienestar Emocional y Desarrollo Humano en el Trabajo (PRONABET impulsó un proyecto de norma con el fin de identificar, analizar y prevenir los FRP, con el objetivo de incentivar empleos de calidad y una la cultura de prevención en México. Finalmente, el 23 de Octubre de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Norma Oficial Mexicana NOM-035 STPS 2018 dirigida a la identificación, análisis y prevención de los riesgos psicosociales en las empresas, así como a la promoción de entornos favorables de trabajo.
SANCIONES Y MULTAS POR INCUMPLIMIENTO
La multa por faltar a la NOM esta establecidas en el Artículo 994 fracción V, de la Ley Federal de Trabajo Este artículo establece sanciones de 250 a 5000 Unidades de Medida y Actualización al patrón que no observe en la instalación de sus establecimientos las normas de seguridad e higiene o las medidas que fijen las Leyes para prevenir los riesgos de trabajo Es importante destacar que esto es por cada infracción o trabajador afectado En 2019 la UMA diaria tiene un valor de 84.49 pesos. Entonces, una multa podría ser de 21,122 pesos y llegar a ser de hasta 422 mil pesos
Las inspecciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social empezarán a partir de 2020 En las visitas se llevará un padrón de las empresas que no cumplan y tendrán un plazo de un año para cumplir Es decir, no multarán a las empresas en la primera visita Si no cumple con las reglas en el plazo, sí se llevará una multa.